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SISTCERE

CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL POR COMPETENCIAS

 ROL DE LA SOCIEDAD PERUANA DE OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA

Habiéndose expedido la Ley SINEACE Nª 28740 (Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa) y su reglamento (Decreto Supremo N 18-2007-ED) que hace obligatorio para los profesionales de la salud de realizar la certificación o recertificación por competencias con el objetivo que nuestro país cuente con médicos especialistas debidamente preparados  y que asimismo demuestran mediante evidencias su preparación y conocimiento de la especialidad.

El estado Peruano a través de la CONEAU – PERÚ 2009 (Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria) define competencias: “Integrar  y movilizar saberes conceptuales, procedimentales y actitudinales para resolver problemas profesionales en forma autónoma y flexible en contextos determinados. Por todo ello, se establece un plan de evaluación, que define el proceso de recolección y valoración de las evidencias requeridas por la norma de competencias, las técnicas, los instrumentos a utilizar y el cronograma (procesada por el  Colegio Médico del Perú,  próxima a aprobarse por la CONEAU).

La evaluación final consta de la valoración de tres áreas: conocimientos, desempeño y producto, de acuerdo a la siguiente descripción:

Evaluación

Porcentaje (%)

Descripción

Conocimiento

 

100

100% de respuestas correctas del instrumento de evaluación (20 en una escala de 0 a 20).

Opcionalmente:

80% de respuestas correctas como mínimo (desde 16 en una escala de 0 a 20).

Más el 20% como máximo de valoración del portafolio (hasta 4 como equivalente al total del puntaje del portafolio).

Desempeño

 

 100

Criterios afirmativos en el instrumento de evaluación.

Producto

 

 100

Criterios afirmativos en el instrumento de evaluación.

Para la  obtención de la certificación ó recertificación se busca demostrar las competencias en el 100% de las tres áreas (en cualquiera de las opciones de conocimientos). Actualmente sólo se aprueba con el portafolio (20% del área de conocimientos).

Recientemente el Colegio Médico del Perú, mediante la publicación de su Boletín El Galeno en marzo de 2013, mencionó que en las próximas semanas se completará el trabajo, que reúne a representantes de las sociedades científicas, expertos del CONEAU, representantes y directivos del SISTCERE (Sistema de Certificación y Recertificación del Médico Cirujano y del Médico Especialista) y la asesoria técnica de un pedagogo, con la elaboración de los instrumentos de evaluación y en junio a más tardar se espera iniciar su aplicación, luego del proceso de validación por la CONEAU. Mientras esto culmina, se continuará recertificando a través de la evaluación solamente del portafolio.

La Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología consciente de su rol, viene participando activamente en este proceso obligatorio de acuerdo a ley, de la siguiente manera:

  1. Presencia en el SISTCERE  de un miembro titular y  de la directiva de la SPOG.
  2. Acreditación por la CONEAU de 5 miembros de la SPOG como evaluadores de competencias profesionales.
  3. Promover reuniones de sensibilización, capacitación y autoevaluación para los médicos asociados a la SPOG.

Finalmente, es nuestro deseo de estar preparados para afrontar y enfrentar este proceso obligatorio, que redundará positivamente en la calidad de atención de la mujer peruana que muy bien se lo merece.